Juicios

05/02/2012 | 477 lecturas | Imprimir | Enviar a un Amigo

Tribunal Penal Primera Instancia en El Aaiún (Sáhara Occidental – Territorio No Autónomo) MIERCOLES 23/09/2009: JUICIO PENAL (Primer Señalamiento)

El Juicio previsto para hoy Miércoles 23 de septiembre de 2009, por los Tribunales marroquíes en la ciudad de El Aaiún, del Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental, contra los defensores de derechos humanos saharaui: MOHAMED BEKAN, MAHSSA DKHIL, MOHAMED ABDELAHI JDEY, ha sido suspendido tras la solicitud de los Abogados de la Defensa por no haber tenido posibilidad hasta el momento de acceder a los expedientes incoados contra los imputados. Señalada nueva sesión para le celebración del mismo: día 25/09 /2009 (VIERNES)

Breve Resumen de la Vista:

Ø Antecedentes: MOHAMED BEKAN, MAHSSA DKHIL, MOHAMED ABDELAHI JDEY, fueron detenidos en la ciudad saharaui de El Aaiún en los primeros días del presente mes de septiembre, y fueron llevados a la Comisaría Central en El Aaiún, instalada por las fuerzas de ocupación marroquí., y pasados varios días, los condujeron a la conocida como la “Cárcel Negra” en El Aaiún.
Durante el periodo inicial de la detención (3 días) la familia de los detenidos y el resto de la población saharaui no sabía nada del paradero de los jóvenes, y al preguntar en la Comisaría o en dependencias judiciales por ellos, les contestaban que no sabían nada de esos jóvenes y que no se encontraban bajo su custodia.
El intento de los familiares de interponer una denuncia por desaparición de los mismos ante la Policía y el Procurador del Rey (Fiscalía) recibió un absoluto rechazo por respuesta, no siendo admitidas, y ni siquiera recogidas la denuncias, sin argumento ni explicación alguna por parte de las administraciones marroquíes.
Al tercer día de la desaparición, los activistas saharauis, MOHAMED BEKAN, MAHSSA DKHIL, MOHAMED ABDELAHI JDEY, fueron conducidos por la policía marroquí ante el Juzgado de Instrucción y el Procurador del Rey, para tomarles declaración, y privándoles de la asistencia de sus abogados, y de forma inmediata se les ingresó en la “Cárcel Negra”.
Los familiares y Abogados tuvieron conocimiento del paradero de los jóvenes por otros familiares de presos cuando los encontraron en la cárcel. La fecha del Juicio fue conocida por las defensa el pasado día 20, y aún en la sesión del juicio no habían tenido posibilidad de acceder a los procedimientos, ni a entrevistarse con los acusados.

Ø Hechos Imputados a MOHAMED BEKAN, MAHSSA DKHIL, MOHAMED ABDELAHI JDEY

“Parece ser”, (extremo que se verificará en el acto de la Vista Oral, ya que el oscurantismo con el que son efectuadas las instrucciones no permite conocer por ahora dato oficial alguno) que la imputación que se efectúa por el Procurador del Rey y la Policía Marroquí, a estos defensores de derechos humanos es la siguiente:
-. Participación en manifestaciones, portando armas.
-. Agresión a funcionarios públicos (policías marroquíes)
-. Ocupación ilegal de la vía pública, en la ciudad de El Aaiún.
-. Llevar consigo material peligroso (no se especifica en qué consiste)

Los citados hechos según la legislación marroquí, que estos Tribunales aplican a la población civil saharaui del Territorio No Autónomo del Sáhara Occidental (en el que Marruecos no tiene competencia y es una “potencia ocupante contraria a Derecho” como declara Naciones Unidas) , eran considerados hace cinco meses como “Crímenes” por lo que la sanción penal que correspondía era mayor (más de 20 años de privación de libertad, y otras …) y en “esta ocasión” son considerados como Delitos por lo que su enjuiciamiento corresponde al Tribunal de Primera Instancia, no al Tribunal de Apelación como en el supuesto de un Crimen, y la pena no puede exceder de los dos años de privación de libertad.

Ø Sesión Oral.

·La hora previsto para el inicio del Juicio eran las diez del mañana, comenzando el mismo a las 11:35 horas.
· Al constituirse el Tribunal, el Presidente del mismo de forma agresiva, se dirigió a las Juristas Observadoras Internacionales para obligarles a cambiar de sitio, ordenando que se sentaran en el lado de las mujeres (los hombres se sientan a la izquierda del Tribunal y las mujeres a su derecha). Al contestarle que el sitio de las y los Observadores , era la segunda fila de público, detrás de las Defensas, y que el lado era considerado indiferente por el Primer Presidente de la Corte, puesto que el traductor debía realizar la traducción durante el juicio, el Presidente contestó muy enfurecido que él decía que “está prohibido traducir en el Juicio”, ordenando a la policía que condujera a las juristas “ a la bancada destinada a las mujeres” despreciando cualquier otra circunstancia y/o valoración. Concluida la vista, al ser recibidas por el sustituto del Primer Presidente de la Corte que se encontraba ausente, y expuesto lo sucedido, que él ya conocía, procedió de inmediato a pedir disculpas alegando que le juez era nuevo, y ofreciéndose para solventar situaciones similares en el futuro, y ofreciendo igualmente a los componentes del Tribunal para que solucionasen cualquier duda que los Juristas Observadoras Internacionales tuviesen sobre lo acontecido. Reitero varias veces sus excusas, y pidió que así las trasladásemos al Consejo General de la Abogacía (CGAE), no pasando el hecho de ser una “anécdota”.
· Posteriormente los tres imputados fueron conducidos al interior de la Sala por varios policías del Tribunal, y custodiados igualmente por policías componentes del “presuntamente desarticulado por Marruecos cuerpo de los GUS (Grupos de Intervención Rápida).
· Absoluto Silencio. A diferencia de ocasiones anteriores, los jóvenes saharauis entraron en la Sala vistiendo ropa occidental (no vestimenta tradicional saharaui) en absoluto silencio (no coreaban ningún tipo de slogan) y con los brazos en alto uno de ellos, MOHAMED BEKAN, representado con manos y dedos el símbolo de la victoria. Se apreciaban en los presos moretones sus rostros y antebrazos.
· El Presidente del Tribunal procedió al interrogatorio de identificación de los acusados, bajo la permanente vigilancia policial que no permitía que los jóvenes flexionasen sus rodillas o se moviesen, obligándoles con “empujones y golpes” a permanecer estrictamente firmes con los brazos atrás, ante el Tribunal y sin mover la cabeza a ningún otro lado que no fuera hacia el Presidente o el Procurador del Rey.
· Los Abogados de la defensa, que no tiene ubicación en estrados sino en la primera fila del público, tomaron la palabra (el Presidente del Tribunal no se la otorgó) para instar la suspensión del Juicio porque hasta el momento no habían tenido acceso a los expedientes y tampoco habían podido tener una reunión con sus defendidos, (muchos menos reservada). El Tribunal accedió a la suspensión, ordenando a las fuerzas policiales que desalojaran a los imputados.
· Cuando eran empujados por la policía, MOHAMED BEKAN, se mantuvo inmóvil, y dirigiéndose al Tribunal manifestó: “… Que durante el traslado desde la “Cárcel Negra” al Tribunal habían sido golpeados y maltratados violentamente, e insultados por los agentes de la policía que los custodiaban, y que igualmente durante su estancia en la Cárcel y en la Comisaría fueron torturados, y obligados a firmar documentos…. Que existía contra ellos una persecución política por reclamar el derechos a la Autodeterminación del Sáhara, y el derecho a la Paz,… que se les persigue y tortura porque son saharauis…“ El Presidente del Tribunal, interrumpió y mandó callar al activista diciéndole a gritos que eso lo hiciera constar por escrito, éste le dijo que no le recogían denuncias ni a él ni a su familia. Y el Juez mandó se callase y ordenó a la policía que lo sacasen de la Sala. El acusado fue empujado entre golpes para que abandonase la Sala, y lo hizo en absoluto silencio y nuevamente con los brazos en alto simbolizando el signo de la victoria.
· El Procurador Del Rey (Fiscal) permaneció callado durante todo el tiempo, mirando literalmente al techo.

Nuevo señalamiento: 25/09/2009 (Viernes)
Pendiente concretar asistencia de Observares/as al nuevo señalamiento.
Asistieron como Juristas Observadores Internacionales: Dña. DOLORES TRAVIESO DARIAS (Abogada - CGAE) Dña. INES MIRANDA NAVARRO (Abogada - CGAE)

B.- Tribunal Penal de Primera Instancia en Smara (Sáhara Occidental- Territorio No Autónomo ) MIERCOLES 23/09/2009: A las 11:00 horas comenzó el Juicio contra los activistas saharauis defensores de derechos humanos DADI HMADA y BOUBAKAR ALIYEN.

Breve Resumen

Ø Antecedentes: DADI HMADA y BOUBAKAR ALIYEN fueron acusados de los mismos hechos que los presos de El Aaiún, pero por manifestaciones desarrolladas en la ciudad saharaui de Smara:

-. Participación en manifestaciones, portando armas.
-. Agresión a funcionarios públicos (policías marroquíes)
-. Ocupación ilegal de la vía pública, en la ciudad de El Aaiún.
-. Llevar consigo material peligroso (no se especifica en qué consiste)

Ø La defensa estaba constituida por los Abogados: Erguibi Med. Elhabib y Mohamed Fadel Leyli.

Ø Iniciado el Juicio, con la entrada de los dos acusados en absoluto silencio, el Presidente del Tribunal procedió a la identificación de los acusados, y de sus defensas.

Ø Prosiguió el Presidente con el interrogatorio de los imputados, llevando a efecto la labor acusatoria, y preguntando de forma inquisitoria a los acusados por su participación en los hechos.

Ø Los imputados, DADI HMADA y BOUBAKAR ALIYEN, negaron todas las acusaciones que les hacía el Juez, y manifestaron: “Que fueron torturados en la Comisaría de Smara y en la Prisión, que se les obligó a firmar “unos papeles” cuyo contenido desconocen. (…) Que lo único cierto era que ellos participaban en manifestaciones y concentraciones pacíficas en las calles de la ciudad de Samara, reivindicando el Derecho a la Paz y el Derecho a la Autodeterminación del Pueblo Saharaui, uniéndose a las concentraciones pacíficas que se desarrollaban igualmente en el resto de las ciudades saharauis del Sáhara Occidental. (…) que están detenidos por una cuestión política, que Marruecos quiere acabar con todos los saharauis”.

Ø En su intervención el Procurador del Rey no aportó medio probatorio alguno, insistiendo únicamente en la fuerza de los Atestados Policiales que son de absoluta credibilidad, y siempre contiene la realidad de lo acontecido, pidiendo una sentencia condenatoria y ejemplarizante para los acusados.

Ø Por su parte la defensa vio inadmitidas las pruebas propuestas, y en su alegato incidió en la absoluta inocencia de los activistas saharauis de los delitos comunes por los que se les pretendía condenar, y expuso que se trataba de una cuestión alejada del Derecho Penal, que los jóvenes DADI HMADA y BOUBAKAR ALIYEN, al igual que muchos otros en el Sáhara, estaban siendo perseguidos por cuestiones políticas, por exigir vivir en Paz y reclamar la Autodeterminación del Sáhara, derecho que Naciones Unidas ha proclamado para este pueblo en sendas resoluciones, y para cuyo proceso se encuentra en el Sáhara Occidental la Misión de Paz de Paz de la ONU, “Misión de Naciones Unidas para el Referéndum en el Sáhara Occidental”- MINURSO-. , y desde luego son acciones pacíficas que no merecen reproche penal alguno, por lo que se estaba dando a los defensores de la Paz como si fuesen autores de “delitos comunes” (…)

Ø La sentencia:

Condenatoria. Se ha condenado a los dos defensores de derechos humanos DADI HMADA y BOUBAKAR ALIYEN, como autores de los delitos comunes que se les imputaba a TRES MESES DE PRIVACION DE LIBERTAD Y A MULTA DE 500 DIRHANS. La Defensa anuncia que se Apelará la sentencia.

 

 

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